No divulgación de condenas por conducir ebrio

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Después del 1 de septiembre de 2017 algunas personas que fueron condenadas por DWI (Driving While Intoxicated) ahora son elegibles para una no divulgación.

La no divulgación es una forma de que una persona selle sus antecedentes penales para que el público en general no pueda ver sus antecedentes. El gobierno, las agencias gubernamentales y las fuerzas del orden seguirán teniendo acceso a los antecedentes.

Anteriormente, usted nunca fue elegible para obtener una no divulgación en un DWI. Los únicos casos que eran elegibles antes de 2015 fueron los casos en los que recibió, y completó con éxito la adjudicación diferida.

Después del 1 de septiembre de 2015, la ley se amplió para permitir algunas no divulgaciones de condenas, pero excluyó DWI, y los casos relacionados con el alcohol. Pero ahora, después de 9/1/17 es posible no revelar algunas condenas de DWI.

¿A QUIÉN SE LE PUEDE DENEGAR UNA CONDENA DE DWI (PENA DE CÁRCEL)?

  • Personas que, por lo general, podrían acogerse a una cláusula de confidencialidad
  • La persona nunca debe haber sido condenada por ningún tipo de caso penal
  • La persona nunca debe haber estado en libertad condicional aplazada por ningún tipo de causa penal
  • No debe haber habido un accidente en la comisión de la DWI que involucró a otra persona (esto incluye a cualquier persona que estaba en el coche del acusado)
  • La tasa de alcoholemia (concentración de alcohol en el aliento -resultados de la prueba de alcoholemia/sangre) no debe haber sido superior a 0,15
  • La persona debe esperar el "periodo de espera", que
  • 3 años tras el cumplimiento de la condena si de alguna forma el juez ordenó un dispositivo de enclavamiento durante al menos 6 meses
  • 5 años si el juez no ordenó un dispositivo de interbloqueo durante al menos 6 meses